La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema resolvió a favor de la expresidenta Dina Boluarte en la demanda interpuesta contra el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), reconociendo su derecho a recibir una compensación de S/213.174,63. El fallo establece que su vínculo contractual con la entidad fue desnaturalizado, al haberse desempeñado bajo regímenes temporales cuando correspondía un contrato laboral a plazo indeterminado.
Boluarte había demandado el pago de más de S/428.000 por beneficios laborales y sindicales no reconocidos entre 2007 y 2015, etapa en la que se desempeñó en distintos cargos en el Reniec. La Corte Suprema ratificó el criterio de instancias previas que le otorgaron parte de dichos beneficios, aunque redujo el monto final al validar que en determinados periodos —cuando fue jefa de oficina regional— ocupó un cargo de confianza, por lo que no le correspondían ciertos derechos sindicales.
El fallo precisa que la compensación incluye S/61.265,63 por concepto de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) y el resto por gratificaciones, vacaciones y otros beneficios laborales. El tribunal concluyó que, si bien Boluarte ejerció funciones de dirección en algunos años, durante otros periodos mantuvo una relación laboral regular, por lo que el Reniec deberá cumplir con el pago ordenado por el Poder Judicial.



