El pleno del Congreso de la República aprobó un dictamen que modifica el Decreto Legislativo 1216 con el fin de regular el uso de motocicletas en distritos o provincias declarados en estado de emergencia. Según el nuevo artículo 14 del dictamen, se prohíbe que dos varones adultos o adolescentes circulen juntos en motocicletas de las categorías L1 y L3 en dichas zonas, salvo excepciones como miembros de las fuerzas del orden, repartidores y medios de comunicación.
El artículo 15 establece sanciones progresivas para quienes violen esta restricción: la primera infracción se sancionará con una multa conforme al Reglamento Nacional de Tránsito, la segunda con la retención de la licencia de conducir hasta por dos años, y la tercera con la inhabilitación para obtenerla por cinco años.
El dictamen fue aprobado en la Comisión de Transportes y Comunicaciones por 16 votos a favor y 2 abstenciones, y ahora se encuentra a la espera de su debate en el Pleno del Congreso.



