El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de habeas corpus presentada por la defensa de Keiko Fujimori y dejó sin efecto las resoluciones judiciales que sostenían la acusación en su contra por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal. La decisión anula las resoluciones emitidas por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional y la Tercera Sala Constitucional de Lima, dentro del proceso vinculado al financiamiento de las campañas presidenciales de 2011 y 2016.
El recurso, interpuesto por la abogada Giuliana Loza, argumentaba que las resoluciones judiciales vulneraron derechos fundamentales de Fujimori, como la tutela procesal efectiva, la motivación adecuada de las decisiones y el principio de legalidad penal. El TC resolvió anular las resoluciones N.º 35 y N.º 46, ambas de 2022, relacionadas con las excepciones de acción por lavado de activos y organización criminal, aunque declaró improcedente la nulidad de la Resolución N.º 110, emitida en 2023, por haberse producido sustracción de materia.
Con esta decisión, el máximo intérprete de la Constitución dispone que se deje sin efecto la acusación y parte de la investigación penal seguida contra la lideresa de Fuerza Popular, lo que modifica sustancialmente el escenario judicial del caso “Cócteles”. El fallo también reafirma la facultad del TC para garantizar la protección de derechos fundamentales frente a actos del Poder Judicial que puedan vulnerarlos.



