
El ministro de Cultura, Alberto Beingolea, deberá enfrentar un juicio oral por el presunto delito de colusión agravada en el Callao. La decisión fue adoptada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Callao, que emitió un auto de enjuiciamiento contra el también experiodista deportivo.
El caso está relacionado con una contratación realizada en 2019, por la cual la Fiscalía sostiene que Beingolea habría concertado con funcionarios del Gobierno Regional del Callao para obtener de manera indebida una orden de servicio y el pago por una asesoría legal que, según la acusación, no habría sido prestada de forma efectiva.
De acuerdo con la imputación fiscal, el hoy ministro de Cultura no habría acreditado documentalmente los estudios y la experiencia exigidos en los términos de referencia. Además, la Fiscalía señala que los tres informes legales presentados eran genéricos o correspondían a competencias de otras áreas jurídicas del Gobierno Regional del Callao.
Por esta orden de servicio, el GORE Callao desembolsó 30 mil soles a Beingolea. Ante ello, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Callao solicita 10 años de prisión, además de 13 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos y 550 días multa.
Por su parte, la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción del Callao solicitó el pago de 50 mil soles por reparación civil.
Beingolea ha rechazado las acusaciones desde que se inició la investigación. En su momento sostuvo que el trabajo sí fue realizado, que cumplía con los requisitos y que la imputación fiscal era débil o estaba politizada.
Durante una entrevista con RPP, el actual ministro manifestó que no se oponía a ser investigado y negó haber cometido algún delito. “Soy un hombre de Derecho. No me parece mal que investiguen, que investiguen todo lo que quieran, no tengo nada que ocultar. Esta celeridad no es habitual”, declaró.
Tras conocerse el pedido de 10 años de prisión, Beingolea volvió a defenderse y afirmó: “Seguiré explicando lo que haga falta porque no tengo nada que ocultar: el trabajo se realizó, tenía los requisitos para realizar el trabajo y no tendría por qué estar siendo acusado”.
DEFENSA INTENTÓ EVITAR EL JUICIO
Durante la etapa de control de acusación, la defensa de Alberto Beingolea intentó conseguir el archivo del caso mediante dos mecanismos: un pedido de sobreseimiento y una excepción de improcedencia de acción.
En el pedido de sobreseimiento, sus abogados sostuvieron que no existen comunicaciones, reuniones, mensajes ni testigos que demuestren una concertación dolosa entre Beingolea y funcionarios del GORE Callao. Según la defensa, las irregularidades detectadas constituirían, como máximo, defectos administrativos y no hechos con relevancia penal.
También argumentaron que Beingolea no participó en la etapa interna de la contratación, que incluía la elaboración de los términos de referencia, el estudio de mercado y las conformidades del servicio.
Sin embargo, el Juzgado declaró infundado el pedido de sobreseimiento y esta decisión posteriormente fue confirmada por la Sala Penal de Apelaciones del Callao.
Los jueces superiores consideraron que, en los delitos de colusión, la concertación no necesariamente debe acreditarse mediante una prueba directa y puede demostrarse a través de indicios. También señalaron que la acusación fiscal estaba respaldada por documentos de contratación, un informe de control, una pericia contable y declaraciones de consejeros regionales.
En cuanto a la excepción de improcedencia de acción, la defensa sostuvo que los hechos atribuidos no configuraban colusión agravada, debido a que se trataba de una contratación excluida del régimen general de la Ley de Contrataciones del Estado por tener un monto menor a 8 UIT y que los términos de referencia no debían cumplirse estrictamente.
El Juzgado también declaró infundada esta excepción. Consideró que los hechos, tal como fueron planteados por el Ministerio Público, sí serían compatibles con el delito de colusión agravada y precisó que los argumentos de la defensa implicaban valorar los elementos de prueba, una evaluación que corresponde al juicio oral.
Finalmente, Alberto Beingolea apeló el auto de enjuiciamiento. Sin embargo, según la información del caso, su abogado no se habría conectado a la audiencia realizada la semana pasada.



