sábado, septiembre 19, 2026
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PROFESORES DEL BUS DEL LICEO NAVAL PODRÍAN ENFRENTAR HASTA 26 AÑOS DE CÁRCEL

Los profesores que estaban a cargo de los estudiantes del Liceo Naval Almirante Guise durante el traslado en el que habría ocurrido una presunta agresión sexual podrían afrontar una investigación penal si se acredita que incumplieron su deber de protección. El abogado penalista Julio Rodríguez explicó que, bajo determinadas circunstancias, los adultos podrían ser considerados autores por omisión y enfrentar hasta 26 años de privación de libertad.

Durante una entrevista con ATV, el especialista señaló que una eventual responsabilidad dependerá del deber de protección que tenían los docentes sobre los escolares y de las acciones que adoptaron frente a lo ocurrido dentro del vehículo. “Si estos adultos lo que han hecho ahí es vulnerar su deber de garantía, su deber de cautela, su deber de proteger a estos menores que estaban bajo su cargo durante actividades deportivas del colegio en movilidad coordinada por el colegio, podrían ser plausibles de ser incorporados también como autores del hecho, autores de una agresión sexual en comisión por omisión”, sostuvo.

Rodríguez precisó que para atribuirles responsabilidad sería necesario demostrar que los adultos encargados del grupo tenían una obligación concreta de actuar y que, pese a ello, omitieron cumplirla. “Si eso se acredita en este caso, los adultos involucrados y que estaban en el vehículo podrían ser responsables de este delito en comisión por omisión y con una pena de hasta 26 años de privación de libertad”, afirmó.

En cuanto a la directora del plantel, el abogado indicó que no correspondería atribuirle automáticamente responsabilidad penal por los hechos ocurridos dentro del bus, debido a que no se encontraba presente durante el traslado. No obstante, explicó que el colegio podría afrontar consecuencias en el ámbito civil. “El colegio no responde penalmente, sino responde civilmente. Puede ser objeto en su momento de demandas de responsabilidad civil y esto significa asumir todos los daños, perjuicios que este hecho haya generado”, señaló.

El especialista agregó que una eventual reparación civil podría incluir los gastos derivados de la atención que necesite la víctima, además de los daños extrapatrimoniales y morales que puedan ser acreditados durante el proceso.

Respecto a los 10 menores retenidos, Rodríguez explicó que, una vez vencido el plazo de 48 horas, la Fiscalía podría solicitar ante un juez de familia una medida preventiva de internamiento si considera que existe riesgo de fuga o de interferencia en las diligencias. Esta medida podría cumplirse en un centro juvenil como Maranguita, aunque no se aplicaría automáticamente y deberá ser evaluada por el juzgado.

El penalista señaló también que la defensa podría argumentar que los adolescentes no representan un riesgo y que no existe posibilidad de reiteraci

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