
El Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) elevó la tasa máxima de interés convencional compensatorio para determinados créditos en dólares de 99,84% a 103,14% anual. El nuevo límite entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026 y se mantendrá hasta el 30 de abril de 2027. La medida también contempla un incremento del tope para los préstamos en soles.
De acuerdo con la actualización realizada mediante la Circular N.º 0008-2021-BCRP, la tasa máxima en moneda nacional pasará de 114,13% a 114,68% anual. Estos límites se aplican a los créditos de consumo, los préstamos de consumo de bajo monto y los financiamientos destinados a micro y pequeñas empresas (mypes), según las condiciones establecidas en la normativa.
El cambio significa que, bajo las condiciones de un crédito de USD 100 mantenido durante un año a la nueva tasa máxima en dólares, el interés compensatorio podría alcanzar los USD 103,14. De esta manera, el monto ascendería a USD 203,14, sin considerar otros conceptos que pudieran corresponder según el contrato. Sin embargo, el nuevo límite no significa que todas las entidades financieras cobrarán tasas superiores al 100%, pues se trata de un techo máximo y cada institución puede establecer una tasa menor.
La actualización tampoco alcanza a todos los préstamos en moneda extranjera, sino únicamente a las operaciones comprendidas en la regulación. El sistema busca establecer límites para determinados créditos, incluidos aquellos dirigidos a personas y pequeños negocios con mayor riesgo crediticio. La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) supervisa el cumplimiento de estos topes y puede sancionar y denunciar a las entidades que cobren por encima de las tasas máximas aplicables.
La próxima actualización de los límites está prevista para el 1 de mayo de 2027. Para calcularlos, el BCRP utilizará el promedio de las observaciones de fin de mes de las tasas de interés promedio del sistema financiero para créditos de consumo correspondientes al periodo comprendido entre octubre de 2026 y marzo de 2027.
La medida se sustenta en la Ley N.º 31143, conocida como Ley contra la usura, promulgada en 2021, que modificó el artículo 52 de la Ley Orgánica del BCRP y otorgó a la entidad la facultad de establecer tasas máximas y mínimas para determinadas operaciones financieras.
En paralelo, la Cámara de Diputados aprobó por 90 días la delegación de facultades legislativas al Poder Ejecutivo, limitada a seguridad ciudadana y medidas frente al fenómeno El Niño. La propuesta para derogar los topes de las tasas de interés quedó excluida y el dictamen pasó al Senado para continuar su evaluación.
Por otro lado, el crédito al sector privado en el Perú creció 10,3% interanual en agosto y alcanzó los S/ 468.704 millones, impulsado por los préstamos de consumo y el financiamiento a empresas, según información del BCRP.





