El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar infundado el recurso de apelación presentado por el partido político Perú Primero, confirmando la desafiliación del expresidente Martín Vizcarra Cornejo. La medida, tomada en audiencia pública el 6 de junio, responde a las inhabilitaciones impuestas por el Congreso de la República, que limitan la participación del exmandatario en funciones públicas y actividades partidarias. Esta decisión ratifica la validez de las Resoluciones Legislativas N.º 020-2020-2021-CR y N.º 016-2021-2022-CR.
La Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (DNROP), en cumplimiento de lo dispuesto por el Congreso, ejecutó la desafiliación de Vizcarra. La primera inhabilitación, emitida en abril de 2021, está relacionada con presuntas irregularidades en su etapa como gobernador regional de Moquegua. La segunda, aprobada en mayo de 2022, le prohíbe ejercer cargos públicos durante cinco años debido a presuntos vínculos indebidos con empresas privadas cuando se desempeñaba como ministro de Transportes y Comunicaciones.
Si bien el fallo del JNE ya fue comunicado a través de su portal institucional, se encuentra pendiente la publicación oficial de los fundamentos jurídicos en su página web y en el Diario Oficial El Peruano. En tanto, el Congreso intentó sin éxito imponer una tercera inhabilitación en abril de 2024, relacionada con la disolución del Parlamento en 2019, pero la propuesta no alcanzó los votos requeridos para su aprobación.



