El Ejecutivo oficializó este martes 13 de mayo la Ley N.º 32331, que busca fortalecer el derecho a la indemnidad sexual de niños y adolescentes en el país. La norma, publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, establece que el uso de baños públicos deberá regirse según el sexo biológico de las personas, con el objetivo de preservar el desarrollo integral y la protección de los menores en espacios públicos y privados.
La legislación indica que los menores tienen derecho a la indemnidad sexual en todos los entornos, incluyendo ámbitos educativos, recreativos, digitales y comerciales. Esta protección se define como la salvaguarda frente a cualquier estímulo, influencia o situación que pueda interferir en su desarrollo psicosocial o formación sexual hasta alcanzar una madurez adecuada para ejercer su libertad sexual de manera autónoma. Según la normativa, personas transexuales deberán usar los baños públicos conforme al sexo registrado en su nacimiento.
El artículo 3 de la ley señala que el Estado, a través de instituciones como el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministerio de Educación y el Ministerio Público, será responsable de garantizar este derecho. Se implementarán protocolos interinstitucionales para prevenir, detectar y actuar frente a situaciones de abuso o exposición a contenidos sexuales inapropiados, y se aplicarán sanciones administrativas o penales en caso de incumplimiento de la norma.



