El Décimo Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró improcedente el hábeas corpus presentado por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, quien buscaba impedir una eventual detención por parte de la Policía Nacional del Perú (PNP). El recurso fue presentado tras el retorno de Patricia Benavides al Ministerio Público, bajo el argumento de que Espinoza podría ser detenida por presunta omisión de funciones y desobediencia a la autoridad.
En su resolución, la jueza Ana del Rosario Osorio Sosa concluyó que no existe una amenaza concreta ni inminente contra la libertad personal de Espinoza. La magistrada indicó que las declaraciones de los abogados de Benavides, en las que se mencionaban posibles delitos, no constituyen una base suficiente para prever una acción directa de la Policía. Además, el comandante general de la PNP, Víctor Zanabria, afirmó en diligencia oficial que no existe orden alguna para proceder con su detención y que la presencia policial en el Ministerio Público respondía únicamente a medidas de seguridad externa.
El juzgado también precisó que, conforme al artículo 259 del Código Procesal Penal, la Policía tiene la facultad constitucional de intervenir en casos de flagrancia delictiva. En ese sentido, la jueza señaló que restringir esa función sería inconstitucional. Asimismo, remarcó que el hábeas corpus no es el instrumento legal adecuado para cuestionar decisiones de la Junta Nacional de Justicia ni para resolver disputas en torno al liderazgo del Ministerio Público.



