domingo, agosto 16, 2026
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Congreso aprueba penas de hasta 8 años de cárcel por activación y venta ilegal de tarjetas SIM

El Congreso de la República aprobó por unanimidad un texto sustitutorio que sanciona con penas de entre cuatro y ocho años de prisión a quienes activen líneas de servicios móviles sin autorización del titular o utilizando datos falsos. La norma también contempla sanciones más severas, de entre cuatro y ocho años de prisión, para quienes comercialicen, distribuyan o faciliten el acceso a tarjetas SIM o dispositivos activados de manera ilegal y vinculados a servicios móviles.

El documento aprobado por el Pleno establece que la posesión de tarjetas SIM o dispositivos asociados a líneas activadas ilícitamente será penada con entre cuatro y ocho años de cárcel. Asimismo, se aplicará una condena de entre uno y cuatro años a quienes ofrezcan o comercialicen servicios móviles de forma ambulatoria o en la vía pública, salvo en los casos expresamente autorizados por la legislación vigente.

Con 104 votos a favor, la iniciativa legislativa modifica la Ley N.° 30096, conocida como Ley de Delitos Informáticos, y el Decreto Legislativo N.° 635, que corresponde al Código Penal, introduciendo medidas específicas contra la activación y distribución irregular de líneas móviles. El texto había sido aprobado inicialmente en abril de este año, pero fue observado por el Poder Ejecutivo el pasado 13 de mayo antes de su ratificación final.

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