La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió el alcance del Sistema de Embargo por Medios Telemáticos (SEMT-ATC) para incluir a 35 entidades facilitadoras de pago que operan con tarjetas de crédito y débito. Con esta medida, oficializada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000264-2025/SUNAT, publicada el 15 de agosto, dichas compañías deberán retener fondos de deudores tributarios en procesos de cobranza coactiva.
La norma establece que estas entidades, notificadas por la Sunat, asumirán el rol de terceros retenedores y deberán informar los montos retenidos o la imposibilidad de hacerlo en un plazo máximo de cinco días hábiles. La medida responde a la evolución del mercado financiero, en el que los facilitadores de pago han adquirido un papel central en la intermediación de transacciones electrónicas.
Asimismo, se detalla que la transferencia de los fondos embargados deberá realizarse dentro del mismo plazo de cinco días hábiles tras la notificación. Los representantes legales de las empresas incluidas recibirán credenciales de acceso para ingresar al sistema SEMT-ATC, bajo estrictos protocolos de seguridad y confidencialidad.



