La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Cusco sancionó al Instituto de Educación Superior Tecnológico Privado Corporación Raymondi S.R.L. con una multa de 4.18 UIT (S/ 22,363) por negarse a devolver el monto de un curso no dictado y por aplicar cobros indebidos a una estudiante.
Según las investigaciones, el instituto vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor al retener S/ 1,850.50 abonados por un Curso de Actualización necesario para la graduación en Terapia y Rehabilitación. Además, se comprobó que la institución atribuyó indebidamente una deuda de S/ 1,427.50 a la misma estudiante, pese a que la pensión pactada era de S/ 170 por mensualidad, e incluso exigió intereses moratorios superiores a lo permitido por el Banco Central de Reserva del Perú.
Como medida correctiva, Indecopi dispuso que el instituto devuelva el monto del curso no realizado, reajuste los cobros al monto originalmente pactado y aplique intereses moratorios dentro de los límites legales. La decisión ratifica lo resuelto previamente en primera instancia por el Órgano Resolutivo de Procedimientos Sumarísimos.



