martes, octubre 6, 2026
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8 DE OCTUBRE: HABRÁ FERIADO, PERO NO FIN DE SEMANA LARGO

El jueves 8 de octubre será feriado nacional por la conmemoración del Combate de Angamos, fecha en la que se recuerda la muerte del contralmirante Miguel Grau durante la Guerra del Pacífico. El descanso remunerado alcanzará a los trabajadores de los sectores público y privado.

A diferencia de otros feriados, este año no se ha establecido un día no laborable adicional para octubre. Por ello, el viernes 9 será una jornada laboral ordinaria y no se formará un fin de semana largo nacional junto al sábado 10 y domingo 11.

Los trabajadores del sector privado que laboren el 8 de octubre y no reciban un descanso sustitutorio tienen derecho a percibir una remuneración equivalente al triple de su pago diario: un monto correspondiente al feriado, otro por el trabajo realizado y una sobretasa del 100 %.

En caso de que el empleador otorgue un descanso sustitutorio por el feriado trabajado, no corresponde el pago adicional de la sobretasa. Estas reglas forman parte del régimen de descansos remunerados establecido por el Decreto Legislativo N.° 713.

Los días feriados nacionales se diferencian de los días no laborables compensables, que son establecidos excepcionalmente por el Poder Ejecutivo y, en principio, están dirigidos al sector público. Para 2026, el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM estableció como día no laborable nacional para el sector público únicamente el lunes 27 de julio.

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